El procedimiento de modificación sustancial como cauce válido para la aplicación del convenio colectivo adecuado: análisis crítico de la STS de 11 de diciembre de 2025
Publicado 2026-06-29
Palabras clave
- Convenio colectivo,
- modificación sustancial de condiciones de trabajo,
- principio de unidad de empresa,
- actividad preponderante,
- buena fe negocial
- conflicto colectivo ...Más

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Cómo citar
Resumen
El estudio analiza exhaustivamente la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2025 (recurso 261/2024), resolución que valida el uso del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 ET) como instrumento idóneo para sustituir un convenio colectivo que una empresa venía aplicando por error o inercia histórica. Se analizan los fundamentos jurídicos que sustentan dicha sentencia: la primacía del principio de unidad de empresa y actividad prevalente sobre la especialidad territorial, la estricta diferenciación entre el mecanismo del descuelgue convencional y la plena inclusión en un nuevo marco normativo, y la definición del estándar de buena fe exigible durante el periodo de consultas.
Asimismo, se reflexiona sobre las garantías procedimentales que el art. 41 ET ofrece a los trabajadores afectados frente a otras vías procesales, concluyendo que la jurisprudencia no otorga a los empleadores un cheque en blanco para elegir un convenio colectivo a su voluntad, sino un mecanismo garantista para la corrección de disfunciones en la aplicación.