Ayer 108/2017 (4): 13-20
Sección: Dosier
Marcial Pons Ediciones de Historia
Asociación de Historia Contemporánea
Madrid, 2017
ISSN: 1134-2277
DOI: 10.55509/ayer/108-2017-01
© Gabriel Torres Puga
Editado bajo licencia CC Attribution-NoDerivatives 4.0 License
Introducción. El final de la Inquisición en el mundo hispánico
Gabriel Torres Puga
El Colegio de México
gtorres@colmex.mx
Tómese cualquier manual o historia general de la Inquisición española y se verá que se presta poca atención al siglo xviii respecto de los siglos anteriores y que la etapa final, es decir, la de las primeras décadas del siglo xix, se despacha en unas cuantas líneas, como si se tratase de un final largamente anunciado 1. Semejante sesgo es heredero de una interpretación organicista que suponía la existencia de una progresiva decadencia inquisitorial, una idea que se mantuvo arraigada en el siglo xx, a pesar de estudios importantes que demostraban la actividad de la institución en la censura de libros y sus esfuerzos por actuar contra el influjo de la Ilustración y la Revolución francesa 2.
En las últimas décadas la idea de esa larga decadencia dieciochesca del sistema inquisitorial ha sido cuestionada y en su lugar se han identificado distintas crisis, procesos de transformación e incluso momentos de intensa actividad a lo largo del siglo xviii, como ocurrió en la década posterior a la Guerra de Sucesión o en las décadas de 1760 a 1790 en lo que concierne a la revisión y censura de libros. Además, el hallazgo de fuentes ignoradas o no clasificadas permite inferir que había diferencias importantes de actividad entre los tribunales o bien que la aparente falta de actividad en algunos de ellos puede ser efecto de la pérdida de su archivo 3. En cualquier caso, es un hecho que la Inquisición española se transformó al compás de la monarquía y de las presiones internacionales, tal como lo había hecho su vecina portuguesa. Al desvanecerse la persecución de los protestantes extranjeros y de los portugueses judeoconversos, la institución se centró más en la población católica; vigilaba el respeto a los sacramentos y ponía particular atención a las conductas licenciosas del clero. Estas transformaciones, más que síntomas de decadencia, fueron adaptaciones que permitieron la supervivencia de la institución y del principio de intolerancia religiosa que representaba.
La literatura antiinquisitorial, muy estudiada en épocas recientes, dirigió sus críticas a la institución monstruosa y criminal del siglo xvi o a la institución obsoleta y arcaica de los siglos xviii y xix 4. La exageración de estas dos representaciones, aparentemente contradictorias, tenía una razón de ser: el sistema inquisitorial seguía vigente a pesar de los esfuerzos de reforma, a pesar de la Ilustración y de los cambios políticos que transformaban al mundo desde hacía décadas. Los estudios recientes sugieren que el sistema inquisitorial no estaba moribundo a comienzos del siglo xix y que, incluso teniendo en la cúspide a un inquisidor general proclive a la reforma, la institución mantenía su curso a nivel de sus tribunales y comisarios porque estaba diseñada para sostener una causa que se suponía eterna 5.
El cuestionamiento de la decadencia inquisitorial ha sido particularmente útil para reflexionar sobre el final de la Inquisición española a ambos lados del Atlántico: un fenómeno que apenas despertaba interés cuando se partía del presupuesto de un proceso natural de envejecimiento y muerte 6. El argumento de que el debate en Cádiz solo sirvió para confirmar el final de un sistema ya aniquilado por Bonaparte se desmorona frente a la evidencia documental. La supervivencia del Consejo de la Suprema, por ejemplo, no fue un sueño imposible, sino una realidad en tiempos de la Regencia y una posibilidad latente en tiempos de las Cortes. Así, en la medida en que se descubre la magnitud de la resistencia inquisitorial, cobran relevancia el debate sobre la supresión de la institución, la transformación política y cultural que desató la invasión napoleónica, y las paradojas de la revolución gaditana. Desde una perspectiva comparada y renovada, el presente dosier retoma las investigaciones y las preguntas pendientes de los autores que se han interesado en el tema 7, y busca discutirlos a la luz de una historiografía enriquecida por la copiosa producción que generó el Bicentenario de la invasión napoleónica, de la guerra en España y de los procesos emancipadores en América.
El proceso de desintegración de la monarquía española a partir de las abdicaciones de 1808 ha ofrecido una oportunidad extraordinaria a los investigadores para reflexionar sobre la variedad de respuestas a una crisis común desde contextos regionales y locales muy diversos, como lo mostró la copiosa producción historiográfica generada por el Bicentenario de los fenómenos derivados por esa crisis crucial de la monarquía. El término «Guerra de independencia» que se usaba para definir el periodo tanto en España (respecto de Francia) como en el resto de Hispanoamérica (respecto de España) ha resultado insuficiente para describir un sinnúmero de transformaciones políticas y culturales que se vivieron simultáneamente en Europa y América, y que alteraron la historia del mundo hispánico probablemente tanto como los procesos emancipadores. Si algunos cambios pueden entenderse por la distancia entre las regiones de la monarquía, muchos más se entienden cuando se analizan las conexiones que había entre ellas. La información sobre lo que ocurría en un lugar servía de inspiración a unos y de advertencia a otros; lo mismo provocaba decisiones apresuradas como medidas precautorias 8. Dentro de ese gran proceso de transformación y desintegración de la monarquía española, la historia del derrumbe del sistema inquisitorial presentó una complejidad equivalente que hasta ahora no había sido presentada de manera comparativa.
Los trabajos que presentamos en este dosier constituyen un primer esfuerzo por recuperar la dimensión trasatlántica de ese proceso, único camino para entender la complejidad del mismo. Si en el ámbito peninsular la invasión napoleónica y el constitucionalismo gaditano fueron los grandes actores, en el americano tenemos que agregar a la insurgencia, ya porque dio a los tribunales americanos una nueva razón de combate, ya porque tuvieron que negociar con ella en algún momento o porque hubo casos en los que las autoridades insurgentes provocaron su clausura. Más allá de estas peculiaridades, inquisidores de España y de América protagonizaron una singular resistencia que los llevó a participar, de un modo u otro, en los debates gaditanos. El final de la Inquisición en España y en América parece haber tenido derroteros muy distintos y, sin embargo, constituye una misma historia de crisis y resistencia que se vincula incluso con las supresiones previas de tribunales inquisitoriales 9.
Eduardo Galván estudia en su artículo la actividad diferenciada de los últimos inquisidores generales: José Ramón de Arce, el hombre de Godoy que terminó siendo parte de la España napoleónica; Francisco Javier Mier y Campillo, el encargado de restaurar la Inquisición (una tarea que resultaría imposible de cumplir), y Jerónimo Castillón y Salas, el último inquisidor general que, al igual que su antecesor, sumaba a su trayectoria eclesiástica la experiencia política desempeñada en las Cortes de Cádiz. Entre Arce y Mier, Galván destaca una figura más: el decano del tribunal Raymundo Ettenhard, que sin haber llegado a ser inquisidor general fue, sin embargo, la cabeza más viva de la institución en el periodo de crisis y el principal promotor de su restablecimiento en Cortes. Al centrarse en la figura del inquisidor general, Galván logra presentar las contradicciones de una institución que debía guiarse por sus instrucciones atávicas y al mismo tiempo por la política incierta de quien estaba a su cabeza. La reforma fallida que intentó Arce recuerda la que se había logrado en Portugal: debilitar gradualmente el sistema, al tiempo que se reducía la autonomía de la práctica inquisitorial. En ese sentido, se entiende que detrás de la crisis generada por el golpe napoleónico hubiese inquisidores que reaccionaron también contra la reforma intentada durante el régimen de Godoy. El sugerente estudio de Galván se complementa en más de un momento con documentos del tribunal de Canarias, uno de los tribunales que quedó fuera de la órbita napoleónica y que fue suprimido más tarde por decisión de las Cortes.
Esa fue precisamente la suerte de los tribunales de México, Perú y Cartagena, aunque todos estos continuaron actuando en un contexto de división política alentada por las guerras de emancipación, en la que los inquisidores ocuparon una posición contraria a los proyectos de autogobierno o independencia. El tribunal de Lima, que estudia Pedro Guibovich, continuó en funciones hasta 1813, aunque ciertamente con mayores dificultades para mantenerse en la escena política porque lo impidió el propio virrey Abascal. Desde una perspectiva americana, el autor observa la capacidad destructiva de la supresión de 1813 no tanto por la ocupación del tribunal y pérdida de sus bienes, como por la diseminación tan rápida y eficaz de una literatura antiinquisitorial que se convirtió, como señala el autor, en el gran legado de esos años, y que contribuyó a dificultar la recuperación de la institución en el periodo 1815-1820.
Como señala Guibovich, la actividad inquisitorial en relación con la insurgencia no se ha podido documentar en Perú debido a la destrucción de su archivo. Aunque es evidente que el gobierno virreinal no favoreció al tribunal limeño, subsiste la duda de si este o sus comisarios realizaron por su cuenta averiguaciones con cariz político, como las ejecutadas por el comisario de Córdoba de Tucumán, de cuyo caso trata el artículo de Jaqueline Vassallo. En un contexto de plena revolución, mientras Buenos Aires decidía desde las características del nuevo Estado, el comisario de Córdoba reunía testimonios de delitos de fe en contra de ciertos individuos del nuevo gobierno impuesto por los porteños; una actitud que recuerda la vigencia de la institución para obtener información en un contexto de guerra y división política. Por su parte, los tribunales de México y Cartagena asumieron una posición beligerante en relación con las independencias, lo que provocó la primera supresión del tribunal de Cartagena por una junta insurgente.
El tribunal de México, en cambio, logró mantener una actividad constante que solo disminuyó en la medida en que las Cortes comenzaron a dictar medidas que contradecían el funcionamiento inquisitorial, como muestro en el artículo de mi autoría. En el mismo exploro la comunicación entre los restos de la Inquisición española y el tribunal de México, cuyo capital de más de un millón de pesos lo convirtió en la última esperanza de un sistema en situación desesperada. Nuevas interrogantes surgen en torno a la supresión de la Inquisición en distintos momentos y espacios geográficos. Por ejemplo, crece el interés por rastrear la continuidad de la actividad judicial en causas de fe. La recuperación de la jurisdicción ordinaria de las diócesis en esta materia es un tema que apenas comienza a ser explorado, en parte debido a la falta de documentación. Sin embargo, es evidente que ese fue el tránsito natural desde las supresiones ordenadas por Napoleón en 1808 hasta las que ocurrieron en América por disposición de los gobiernos insurgentes. La Junta de Cartagena, por ejemplo, declaró explícitamente que los jueces ordinarios asumirían la jurisdicción que la Inquisición les había quitado, y más o menos con esos términos lo determinó también la Asamblea de Buenos Aires cuando suprimió la jurisdicción inquisitorial del tribunal de Lima en el Río de la Plata.
El artículo de José Luis Quezada va más allá al mostrar que en Nueva España no ocurrió una simple transferencia de jurisdicción a los obispos, sino también un esfuerzo por constituir un tribunal protector de la fe en la forma que disponían las Cortes de Cádiz. Los debates gaditanos también cobran relevancia con la llamada de atención que hace Quezada sobre el decreto que formaba los «tribunales protectores de la religión», un aspecto al que no solía dársele relevancia por pensarse que nunca se había puesto en práctica. Quezada muestra, por el contrario, que en México el arzobispo Bergosa interpretó de tal manera el modelo dispuesto por las Cortes que logró establecer una especie de inquisición bajo esa modalidad. Al observar el funcionamiento del modesto tribunal de Bergosa, uno no deja de sorprenderse del potencial conflicto que las Cortes habían creado: tribunales que pudieron haber servido para mantener la actividad inquisitorial dentro de un esquema constitucional. Las dificultades de restablecer materialmente el sistema inquisitorial imposibilitaron que la institución se recuperara en el periodo de 1815 y 1820, y en este año, cuando se decretó su segunda supresión de toda la monarquía, la destrucción de los tribunales terminó por desmantelar el sistema. Quedaba, pues, la posibilidad de poner en práctica algo semejante a los tribunales planteados en Cádiz. Es decir, tratar de mantener la inquisición como actividad aunque la institución ya no existiera y seguir exigiendo al Estado mantener el principio confesional. En 1820, sin embargo, esa puerta no se abrió y la Inquisición desapareció institucionalmente en toda la monarquía española. La restauración final, que únicamente tuvo lugar en la Península, resultó ser más nominal que efectiva.
En su artículo, Emilio La Parra duda incluso que se le deba llamar «restauración». Al estudiar esa extraña etapa de 1823-1836 La Parra observa una inquisición sin institución, aunque paradójicamente contara con una cabeza reconocida que intentaría recuperarse como actividad en la modalidad de juntas de fe. La formación de un sistema policiaco de vigilancia y espionaje suplió en buena medida los servicios que la Inquisición podía prestar al rey; en cuanto a las causas de fe, la opinión de un buen sector del episcopado y del propio nuncio del papa era que estas debían sujetarse más a las directrices de Roma por medio del episcopado. ¿Qué quedaba entonces para la Inquisición en una España que, por cierto, había perdido la mayoría de sus territorios atlánticos? La Inquisición como tribunal se desdibujaba, al tiempo que como actividad volvía a ser un anhelo por parte de un sector eclesiástico que cada vez era menos preponderante.
En América no hubo una «restauración» semejante. La antítesis absoluta que se había consolidado entre Inquisición e independencias hizo que aquella fuese automáticamente cancelada cuando estas se hicieron realidad. Como señala Guibovich, en América la leyenda negra sobre la Inquisición adquirió un renovado carácter antiespañol y se cimentó como símbolo opresivo del pasado colonial. Es probable que en cuanto actividad puedan encontrarse intentos de subsistencia dentro de la labor episcopal. Sin embargo, como bien demuestra La Parra, la voluntad inquisitorial no bastaba. Sin tribunal que asegurara el respaldo de las autoridades civiles era imposible que la actividad de fe pudiera fortalecer a los obispos, como tal vez esperaron sus principales apologistas.
Para cerrar estas palabras introductorias cabe señalar que los trabajos que aquí presentamos contienen una buena dosis de información documental prácticamente desconocida, lo que resulta fundamental para un periodo tan difícil de documentar. La destrucción de archivos de tribunales en el periodo 1808-1813 y después de 1820 ha dificultado sobremanera la reconstrucción de este periodo. Así, los modestos hallazgos documentales sobre un espacio determinado suscitan dudas y reflexiones sobre lo que pudo haber ocurrido en ciertas zonas donde todo se ignora. Por lo mismo, será también de suma ayuda el artículo de Ignacio Panizo que se publicará en breve en esta misma revista y en el que ofrece algunos frutos de la importante clasificación de fuentes inquisitoriales que ha realizado en el Archivo Histórico Nacional: correspondencia oscilante entre los tribunales y el Consejo, procesos suspendidos en 1808 que se reanudan en 1815, cuentas de gastos, fragmentos de documentación salvada de la destrucción, restos de causas episcopales, consultas, etcétera 10.
En suma, los autores del presente dosier hemos intentado reavivar el debate historiográfico sobre el final de la Inquisición española desde una perspectiva que integra la realidad americana, que recupera viejos debates a la luz de evidencias desconocidas y que ofrece nuevas pistas para seguir avanzando en la exploración documental. Se trata de un esfuerzo que ante todo espera suscitar crítica, mover a la reflexión y propiciar nuevas investigaciones.
1 La última edición del libro clásico de Henry Kamen sobre la Inquisición dedica una décima parte de su investigación a lo que considera el «ocaso de la Inquisición», es decir, el siglo xviii y las primeras décadas del xix. Véase Henry Kamen: La Inquisición española. Mito e historia, Barcelona, Crítica, 2013. Aún menos espacio le dedica Joseph Pérez. Véase Joseph Pérez: Breve historia de la Inquisición en España, Barcelona, Crítica, 2003.
2 Por ejemplo, Marcelin Defourneaux: Inquisición y censura de libros en la España del siglo xvii, trad. de José Ignacio Techellea Idígoras, Madrid, Taurus, 1973.
3 Por ejemplo, el estudio de Ángel de Prado sobre el tribunal de Valladolid ha revelado una actividad muy intensa contra judaizantes durante la primera mitad del siglo xviii. En función de ello, Joseph Pérez, invita a «abandonar la idea de que en el siglo xviii la Inquisición ha perdido su antigua vigencia y se ha transformado en una institución decadente». Joseph Pérez: La Inquisición española. Crónica negra del Santo Oficio, Madrid, Martínez Roca, 2005, p. 237. Cfr. Ángel de Prado Moura: Las hogueras de la intolerancia: la actividad represora del Tribunal inquisitorial de Valladolid (1700-1834), Valladolid, Junta de Castilla y León, 1996.
4 Muñoz Sempere: La Inquisición española como tema literario. Política, historia y ficción en la crisis del antiguo régimen, Woodbridge, Tamesis Books, 2008.
5 Una crítica sintética a la decadencia en Emilio La Parra y María Ángeles Casado: La Inquisición en España. Agonía y abolición, Madrid, Catarata, 2013. También en Gabriel Torres Puga: Los últimos años de la Inquisición en la Nueva España, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia-Miguel Ángel Porrúa, 2004.
6 Bethencourt ya infería una complejidad no documentada debajo de un proceso aparentemente simple, aunque «dinámico», de supresión. Véase Francisco Bethencourt: La Inquisición en la época moderna, Madrid, Akal, 1997, pp. 487-489.
7 Véanse, entre otros, los trabajos de José Antonio Escudero: «La abolición de la Inquisición española», en Estudios sobre la Inquisición, Madrid, Marcial Pons, 2005; Miguel Jiménez Monteserín: «La abolición del tribunal (1808-1834)», en Bartolomé Pérez Villanueva y Joaquín Escandel Bonet: Historia de la Inquisición en España y América, tomo I, Madrid, BAC, 1984, pp. 1424-1486; Gérard Dufour: «¿Cuándo fue abolida la Inquisición en España?», Cuadernos de Ilustración y romanticismo, 13 (2005), pp. 93-107; Francisco Martí Gilabert: La abolición de la Inquisición en España, Pamplona, Universidad de Navarra, 1975; Luis Alonso Tejeda: Ocaso de la Inquisición en los últimos años del reinado de Fernando VII. Juntas de fe, juntas apostólicas, conspiraciones realistas, Algorta, Zero, 1969; Beatriz Cárceles de Gea: «Reforma/abolición del tribunal de la Inquisición (1812-1823). La constitución de la autoridad absoluta», Manuscrits, 17 (1999), pp. 177-199; Antonio Astórgano Abajo: El inquisidor Rodríguez Lazo y el ocaso de la Inquisición valenciana (1814-1820), Alicante, Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2009; Emilio La Parra y María Ángeles Casado: La Inquisición en España...; Gabriel Torres Puga: Los últimos años de la Inquisición...; Rene Millar Carvacho: La Inquisición de Lima. Signos de su decadencia, 1726-1750, Santiago, Lom Ediciones, 2005, y Pedro Guibovich: Lecturas prohibidas. La censura inquisitorial en el Perú tardío colonial, Lima, Fondo Editorial de la PUCP, 2013.
8 Para acercarse a la copiosa historiografía generada por los «Bicentenarios» es muy recomendable la crítica orientación de Roberto Breña: «La superabundancia editorial bicentenaria, las revoluciones hispánicas y la historiografía contemporánea», en Manuel Suárez Cortina (ed.): México y España. Historia y memoria de dos siglos (1810-2010), Madrid, Síntesis, 2013, pp. 255-273.
9 Al respecto véase Andrea Cicerchia: «Las últimas inquisiciones entre Europa y América. Un recorrido histórico y una reflexión comparativa», en Jaqueline Vassallo, Miguel Rodríguez Lorenço y Susana Bastos Mateus (coords.): Inquisiciones. Dimensiones comparadas (siglos xvi-xix), Córdoba, Brujas, 2017, pp. 21-43.
10 Por razones editoriales no ha sido posible incluir en esta sección de «Dosier» el trabajo de Panizo, que aparecerá próximamente en esta misma revista dentro de la sección «Estudios».