A vueltas con el envasado en la región de producción y el respeto a la libre circulación de mercancías
Comentario a las sentencias del TJCE sobre el queso «Grana Padano» y el «Jamón de Parma»
Abstract
Sumario: I. Introducción; A) Antecedentes en el raso del «Jamón de Parma» -B) Antecedentes en el caso «Grana padano».-C) Reconocimiento normativo y declaración del signo distintivo con arreglo al articulo 17 del Reglamento 2081/1992, Condiciones de la destreza corporativa y habilidad industrial. II. El requisito del envasado en la región de producción en el reglamento (CEE) num. 2081/1992. III. La obligatoriedad del cortado, rallado y envasado en la región de producción como medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa a la exportación. IV. La justificación de los requisitos de rallado, cortado y envasado en la región de producción por causa de la protección de la propiedad industrial y comercial. V. La oponibilidad a los operadores económicos de los requisitos de rallado, cortado y envasado en la región de producción. VI. Conclusión