Nuevo tratamiento de las ventas celebradas fuera de los establecimientos mercantiles en la ley de competencia desleal
Publicado 2022-11-03
Palabras clave
- ventas fuera de establecimiento mercantil,
- prácticas agresivas,
- competencia desleal,
- tutela del consumidor
Cómo citar
Resumen
Este trabajo examina el nuevo régimen de prácticas agresivas introducido en el artículo 31.4 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal por el Real Decreto-ley 24/2021, que permite calificar automáticamente de desleales las prácticas agresivas que se produzcan en determinadas ventas celebradas fuera de los establecimientos mercantiles, en el caso de que incumplan la normativa restrictiva que para ellas se haya aprobado en virtud del artículo 19.7 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. El trabajo, además, repasa los motivos que justifican la ausencia de pronunciamientos judiciales que abordan el tratamiento de las prácticas agresivas en el contexto al que se refiere el nuevo precepto, a saber, el de las visitas no solicitadas en el domicilio del consumidor o las excursiones comerciales, pese a la protección normativa que se les ha dispensado a nivel nacional fruto de la armonización comunitaria de la Directiva 2005/29/CE.