Vol. 42 (2022)
Comentarios de jurisprudencia

Sobre la posibilidad de descompilar programas de ordenador para corregir errores: [Comentario de la STJUE (Sala Quinta), de 6 de octubre de 2021, asunto C-13/20, Top System vs. Estado Belga]

José Luis González San Juan
Doctor en Derecho Privado por la Universidad de Salamanca e Ingeniero de telecomunicación por la Universidad Politécnica de Madrid

Publicado 2022-11-03

Palabras clave

  • descompilación,
  • programas de ordenador,
  • código fuente,
  • código objeto

Cómo citar

González San Juan, J. L. (2022). Sobre la posibilidad de descompilar programas de ordenador para corregir errores: [Comentario de la STJUE (Sala Quinta), de 6 de octubre de 2021, asunto C-13/20, Top System vs. Estado Belga]. Actas De Derecho Industrial, 42, 413–426. Recuperado a partir de https://www.revistasmarcialpons.es/index.php/actas-derecho-industrial/article/view/gonzalez-posibilidad-descompilar-programas-ordenador

Resumen

La descompilación es un proceso de ingeniería inversa que permite obtener un código cuasi fuente a partir del código objeto de un programa. En los artículos 6 de las Directivas 91/250/CEE (ya derogada) y 2009/24/CE (actualmente vigente) se incluye expresamente la posibilidad de descompilar un programa para garantizar su interoperabilidad, pero no existe una referencia expresa en dichas directivas sobre la posibilidad de realizar la descompilación cuando el fin sea la corrección de los errores del programa que afecten a su funcionamiento. El TJUE considera que los actos necesarios para llevar a cabo la descompilación (reproducción y traducción) estarán autorizados en virtud de los artículos 5, de ambas directivas, cuando sean necesarios para utilizar el programa con arreglo a su finalidad propuesta, incluida la corrección de errores.

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