Las nuevas orientaciones en torno a los signos ofensivos contrarios a las buenas costumbres en la jurisprudencia reciente del TJUE: [Comentario a la Sentencia C-240/18 P (Sala Quinta), Constantin Film Produktion GmbH v. EUIPO, de 27 de febrero de 2020 (cas
Publicado 2021-09-01
Palabras clave
- signo,
- signos ofensivos,
- marca de la UE,
- marcas ofensivas,
- Derecho de marcas de la UE
- buenas costumbres,
- libertad de expresión,
- signos de escaso gusto,
- marcas de escaso gusto ...Más
Cómo citar
Resumen
La siempre difícil distinción entre signos de escaso gusto y signos ofensivos contrarios a las buenas costumbres es uno de los más recurrentes temas en la jurisprudencia sobre marcas, tanto en la UE como en sus Estados miembros, por supuesto incluida España. En esta tesitura, el TJUE se ha visto llamado a pronunciarse una vez más sobre esta compleja cuestión en relación con el registro como marca de la UE del signo en lengua alemana «Fack Ju Göhte». La finalidad de este trabajo consiste en analizar el alcance de este importante pronunciamiento, teniendo en cuenta la jurisprudencia europea y la práctica administrativa de la EUIPO previamente existentes en esta materia, y precisando las aportaciones más relevantes de este fallo de cara a la delimitación del ámbito de la contravención de las buenas costumbres como causa de denegación absoluta de una marca a partir de este caso.