Published 1991-09-15
How to Cite

This work is licensed under a Creative Commons Attribution-NoDerivatives 4.0 International License.
Abstract
Durante el siglo XIX, el sistema político británico —asentado en el principio de la soberanía del Parlamento— era representativo, pero no democrático. Ninguna de las reformas electorales efectuadas a lo largo del siglo estableció el sufragio universal masculino —en vísperas de la reforma de 1918, sólo el 60 por 100, aproximadamente, de los varones adultos tenía derecho al voto— ni llevó a cabo una distribución de los escaños que supusiera una representación territorial proporcional a la población; por el contrario, las reformas consistieron en sucesivas rebajas en las condiciones para poder votar, y algunos cambios en la geografía electoral, para suprimir los anacronismos más escandalosos, salvo la ley de 1885 que, en este aspecto, introdujo cambios radicales. Tanto el sufragio universal como la democracia eran vistos por la inmensa mayoría de los legisladores como una amenaza para la Constitución: si se daba el poder a la mayoría de la nación, compuesta por la clase trabajadora, —pensaban— existía el peligro, más que probable, de que esta clase actuara de acuerdo con sus propios intereses, destruyendo el equilibrio existente e implantando una dictadura...